Nuestra Organización

1. Dirección General

 

Lidera el cumplimiento de políticas que permitan la regulación, gestión y control de los Derechos Intelectuales para lograr el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación y demás normativa aplicable.

 

2. Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales.

 

Sustancia y resuelve los recursos administrativos, acciones de cancelación y de nulidad mediante la aplicación de la normativa legal vigente para la finalización de los procesos administrativos de propiedad intelectual.

 

3. Dirección Nacional de Propiedad Industrial.

 

Protege los derechos de Propiedad Industrial a través de la gestión, cumplimiento de la normativa jurídica vigente y sustanciación, basado en el reconocimiento del derecho de propiedad industrial en todas sus modalidades, con la finalidad de brindar un servicio de calidad en el registro y garantizar el acceso y difusión de la información.

 

3.1 Dirección Técnica de Signos Distintivos.

 

Sustancia los procedimientos de registro de signos distintivos, garantizando el cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente, con la finalidad de conceder, negar o declarar, según el caso, el derecho sobre un signo distintivo.

 

3.2 Dirección Técnica de Patentes.

 

Gestionar los procedimientos administrativos de solicitudes de patentes de invención, patentes de modelo de utilidad, diseños industriales y esquemas de trazados de circuitos integrados, de acuerdo a la normativa legal vigente, garantizando el equilibrio entre el derecho de exclusiva y el desarrollo científico y tecnológico a través del acceso y aprovechamiento de la información que se encuentra en el dominio público.

 

3.3 Dirección Técnica de Oposiciones.

 

Conoce, califica, sustancia y resuelve los trámites publicados en la Gaceta de la Propiedad Intelectual, que han recibido oposición dentro del término establecido por la normativa legal vigente, con la finalidad de salvaguardar los derechos de los titulares de propiedad industrial.

 

3.4 Dirección Técnica de Modificaciones al Registro.

 

Emitir certificados de renovación e inscribir modificaciones al registro que se generan en la Dirección Nacional de Propiedad Industrial a través de la gestión, sustanciación y verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley, con la finalidad de garantizar la protección y acceso de los derechos industriales.

 

4. Dirección Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos.

 

Gestionar y promover la protección y la difusión de los Derechos de Autor y de los derechos conexos, mediante el depósito facultativo de obras, la inscripción de actos y contratos derivados del régimen y el manejo del Registro Nacional, de Derechos de Autor y derechos conexos.

 

  • Dirección Técnica de Registro.

 

 

Administra y organiza el registro nacional de obras de derechos de autor y derechos conexos, inscribir creaciones susceptibles de protección, prestaciones y contratos relacionados a la cesión, autorización o licencia de uso y explotación, en general, conforme la normativa nacional e internacional vigente.

 

  • Dirección Técnica de Sociedades de Gestión Colectiva.

 

Monitorear, controlar y, de ser necesario, intervenir a las Sociedades de Gestión Colectiva, de Derechos de autor y conexos, vigilando el cabal cumplimiento de sus obligaciones, con la finalidad de precautelar los derechos patrimoniales de sus titulares y conforme al ordenamiento jurídico vigente.

 

5. Dirección Técnica de Observancia.

 

Tutela la protección de los derechos intelectuales, así como garantizar la licitud de actos respecto a su utilización por parte de un tercero y evitar el uso excesivo de derechos intelectuales, a través de acciones de observancia positiva o negativa interpuestas de oficio o a petición de parte.

 

6. Dirección Nacional de Obtenciones Vegetales y Conocimientos Tradicionales.

 

Garantiza la protección y defensa de los derechos de propiedad intelectual sobre obtenciones vegetales y los derechos colectivos de los legítimos poseedores de los conocimientos tradicionales, mediante la aplicación de la normativa legal vigente para asegurar el respeto de los derechos intelectuales en el ámbito administrativo.

 

6.1 Dirección Técnica de Obtenciones Vegetales.

 

Gestionar los procedimientos administrativos relativos a obtenciones vegetales para garantizar su protección y fomentar la innovación, de conformidad con la normativa jurídica vigente; así como, proporcionar asesoramiento técnico-legal a las partes interesadas.

 

6.2 Dirección Técnica de Conocimientos Tradicionales.

 

Preserva, promueve y protege los conocimientos tradicionales asociados o no a los recursos genéticos, las expresiones culturales tradicionales de las nacionalidades y pueblos indígenas, montubio, afroecuatorianas, comunas y comunidades ancestrales mediante la aplicación de la normativa legal vigente a fin de asegurar el respeto de los derechos colectivos sobre los conocimientos tradicionales.

 

7. Dirección Regional

 

Asegura la generación de los productos y prestación de los servicios relacionados a propiedad intelectual a nivel desconcentrado, mediante el cumplimiento de la normativa legal vigente a fin de satisfacer las necesidades de los usuarios.

 

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