Preguntas Frecuentes – Derecho de Autor y Derechos Conexos
Preguntas Frecuentes – Derecho de Autor
¿Cuál es el proceso para iniciar un trámite de derechos de autor?
1. Ingrese en la página web del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI): www.derechosintelectuales.gob.ec y seleccione la opción “SENADI en Línea”.
2. Cree su Casillero Virtual completando la información solicitada
- Persona natural: registre sus datos con su número de cédula de ciudadanía.
- Persona jurídica: registre los datos de la empresa utilizando el número de RUC correspondiente.
Una vez finalizado el registro, recibirá en su correo electrónico el usuario, la contraseña y un enlace para activar su cuenta.
3. Con el Casillero Virtual activo, ingrese nuevamente al portal del SENADI, seleccione “Derecho de Autor” y acceda al sistema con su usuario y contraseña.
4. Seleccione el tipo de Solicitud de Derecho de Autor correspondiente:
- Registro de obras literarias
- Registro de obras audiovisuales
- Registro de obras artísticas
- Registro de obras musicales
- Registro de fonogramas
- Registro de publicaciones periódicas
- Registro de programas de radio
- Registro de bases de datos y programas de ordenador (software)
5. Complete el formulario en línea con la información requerida título, autor, titular, datos de la obra, anexos y datos del solicitante. Luego, seleccione “Guardar” y revise los datos mediante la opción de “Vista Previa”.
6. Genere el comprobante de la orden de pago, cuyo valor varía entre USD 12,00 y USD 20,00, según el tipo de obra, y realice le pago el Banco del Pacífico o con tarjeta desde el sistema.
7. Finalmente, acérquese a las oficinas de Registro de Derecho de Autor del SENADI, presentando siguientes documentos:
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Comprobante de pago (Banco del Pacífico o pago con tarjeta).
- Comprobante de la orden de pago emitido por el SENADI
- Copia de la obra a registrar (CD, DVD, USB o Impreso)
¿Qué requisitos necesito para registrar una obra?
EN CASO DE OBRAS LITERARIAS
1. Inéditas
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Un ejemplar impreso, CD o USB en PDF o de forma física deben estar completos, sin tachaduras ni modificaciones que alteren el contenido original.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
2. Publicadas
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Publicada: dos ejemplares originales (libros impresos) o un ejemplar digital, en donde incluya en la portada: el título de la obra con la frase: (Texto Digital), el nombre del autor o autores, y la fecha de creación o publicación.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas
manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
3. Publicadas Especiales
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Un ejemplar impreso, CD o USB en PDF o de forma física deben estar completos, sin tachaduras ni modificaciones que alteren el contenido original.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
4. Programa de Ordenador – Software – Bases de Datos
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Entrega física de programa de computador: Un ejemplar del programa (ejecutable) y/o código fuente en un CD o memoria USB con el título de la obra y datos del Autor; y de la entrega de la base de datos: un ejemplar en CD o memoria USB de la base de datos.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
EN CASO DE OBRAS ARTÍSTICAS Y MUSICALES
1. Artísticas
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Si la obra a registrar consiste en un cuadro, retrato, pintura, dibujo, escultura, entre otras, se debe acompañar una fotografía de la misma.
En el caso de los planos, croquis, mapas, fotografías, pinturas, dibujos que sean presentados como catálogo debe constar el número de las obras al final del título de la obra en el formulario.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
2. Musicales
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Un ejemplar de la letra y la partitura, un CD o memoria USB que contenga la letra y la música o solo la música de la canción.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
EN CASO DE FONOGRAMAS
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Un ejemplar del fonograma en CD o memoria USB con el título de la obra y datos del Autor.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
EN CASO DE OBRAS AUDIOVISUALES: CINEMATOGRÁFICAS, VIDEOGRAMAS, PROGRAMAS DE TELEVISIÓN Y SIMILARES
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Un ejemplar DVD o memoria USB con el título de la obra y datos del Autor.
- Sobre manila A4.
Si el Titular es una persona distinta al autor, deberá presentar:
- Contrato de Cesión de Derechos Patrimoniales o licencias de uso con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
EN CASO DE LA INSCRIPCIÓN DE CONTRATOS
- Solicitud impresa del formulario y una copia adicional
- Original y dos copias del contrato a registrarse con firmas manuscritas con reconocimiento de firmas o firmas electrónicas.
- Impresión de la orden de pago.
- Comprobante de pago original realizado en el Banco del Pacífico o impresión de la constancia del pago con tarjeta.
- Nombramiento del representante legal (Persona jurídica).
- Registro Único de Contribuyente RUC (Persona jurídica).
En caso de descuento:
- Certificado emitido por la Dirección Financiera del SENADI.
Nota: Si tiene problemas con la creación del casillero virtual o al llenar las solicitudes de registro en línea, no dude en comunicarse con nosotros para clarificar sus inquietudes a: Teléfono 3940000 Ext. 1602 y 1101.
No olvide que únicamente la solicitud se realiza en línea, las obras y documentos habilitantes deben entregarse en físico en la Unidad de Registro.
Preguntas Frecuentes – Sociedades de Gestión Colectiva
¿Por qué mi establecimiento debe pagar por el uso obras o prestaciones protegidas por derecho de autor y derechos conexos? Entiéndase estas como obras musicales, artísticas, audiovisuales, etc.
Tomando en consideración que la comunicación pública de obras y prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos conexos es un derecho exclusivo de los autores, artistas, intérpretes y ejecutantes, productores de fonograma y organismos de radiodifusión, cuando una obra o prestación es usada por un tercero, el mismo debe pagar por el uso de las obras o prestaciones ya sea directamente al titular de los derechos, o al organismo de gestión colectiva que lo represente.
¿Porque debo pagar a diferentes sociedades de gestión colectiva?
Cada sociedad de gestión colectiva administra y gestiona diferentes derechos, por esa razón en el Ecuador existen cinco organismos de gestión colectiva debidamente autorizados para administrar y gestionar los derechos que les han sido confiados por sus socios:
- Sociedad General de Autores y Compositores Ecuatorianos – SAYCE: Gestiona los derechos de los autores y compositores del Ecuador y de los organismos extranjeros que represente a través de contratos de representación.
- Sociedad de Productores de Fonogramas – SOPROFON: Gestiona los derechos de los productores de fonogramas del Ecuador y de los organismos extranjeros que represente a través de contratos de representación.
- Sociedad de Artistas Intérpretes y Músicos Ejecutantes – SARIME: Gestiona los derechos de los artistas, intérpretes y músicos ejecutantes del Ecuador y de los organismos extranjeros que represente a través de contratos de representación.
- Entidad de Gestión Derechos de los Productores Audiovisuales – EGEDA: Gestiona los derechos de los productores audiovisuales del Ecuador y de los organismos extranjeros que represente a través de contratos de representación.
- Sociedad de Gestión Colectiva Unión de Artistas y Autores Audiovisuales – UNIARTE: Gestiona los derechos de los autores y artistas audiovisuales del Ecuador y de los organismos extranjeros que represente a través de contratos de representación.
¿Qué sucede si no pago a las sociedades de gestión colectiva? ¿Existe alguna sanción?
En caso de que los usuarios utilicen contenidos protegidos por Derecho de Autor sin realizar el respectivo pago a los titulares de derecho o al organismo de gestión colectiva que los represente, los mismos pueden iniciar las acciones administrativas o judiciales contenidas en el COESCCI con el propósito de salvaguardar sus derechos.
Preguntas Frecuentes – Tutelas de Derecho de Autor
¿Cuál es la tasa que se debe pagar para la interposición de una tutela de Derecho de Autor y Derechos Conexos?
Conforme al Registro Oficial del jueves 4 de septiembre de 2014, las tasas para la solicitud de tutelas administrativas en la Dirección Nacional de Derecho de Autor son las siguientes:
- Trámite de acciones para el ejercicio de la tutela administrativa sobre todas las obras del ingenio, en el ámbito literario o artístico: $115,00.
- Trámite de acciones para el ejercicio de la tutela administrativa para programas de ordenador: $ 170,00.
¿Qué medidas puede ordenar la autoridad competente en una tutela administrativa?
La autoridad administrativa competente, conforme el artículo 560 del COESCI, podrá ordenar la adopción de una o más de las siguientes medidas:
- Inspección.
- Requerimiento de Información.
- Sanción de la infracción de los derechos de propiedad intelectual.
¿Cuáles son las sanciones administrativas en caso de comprobarse una infracción al derecho de autor y derechos conexos?
Conforme el segundo párrafo del artículo 569 del COESCCI, de existir infracción de derechos intelectuales; se sancionará al infractor con la clausura del establecimiento de tres (3) a siete (7) días o con una multa de entre uno coma cinco (1,5) salarios básicos unificados hasta ciento cuarenta y dos (142) salarios básicos unificados; dependiendo de la naturaleza de la infracción.
¿Ante quién se presenta la tutela administrativa?
La acción de tutela administrativa en el SENADI, debe solicitarse al Director Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos.
¿Se puede interponer una acción de tutela administrativa de Derecho de Autor y Derechos Conexos en línea?
No, las acciones de tutelas administrativas correspondientes a la Dirección Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos se las solicita presentando la documentación física en las ventanillas del SENADI adjuntando el comprobante de pago de la tasa respectiva.
¿Es necesario que el autor o titular de derechos de autor y derechos conexos tengan registrada la obra en el SENADI para solicitar una tutela administrativa?
Una vez que la protección de una obra o prestación se obtiene a partir de su creación, no hay necesidad del registro previo para solicitar una acción de observancia en caso de una infracción a los derechos intelectuales del autor o del titular.